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"Fallo Discutido"

Por Eduardo Romanín

Abogado y dirigente del Partido Socialista Auténtico

En fallo dividido la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con el voto de los magistrados Rosenkrantz, Highton y Rosseti por la mayoría y los jueces Lorenzetti y Maqueda por la minoría, decidieron aplicar
la ley 24390, hoy derogada, y que rigió en el país entre el año 1994 y el 2001 a los que cometieron delitos de Lesa Humanidad.

Cabe consignar que en la actualidad el ochenta por ciento de los delincuentes presos por delitos de Lesa Humanidad no tienen sentencia judicial y les es aplicable este fallo.

La resolución de la Corte implica reconocer la vigencia de la ley 24390 – ley más benigna- en virtud de lo dispuesto por el código Penal, art 2, a todos aquellos juzgados, procesados y sentenciados por delitos de Lesa Humanidad sin importar la fecha en la cual se cometió el delito.

Para la mayoría de los jueces que hizo lugar al recurso extraordinario presentado por el represor y secuestrador Muiño, los delitos por él cometidos deben ser computados en su pena por el famoso dos por uno, instituido por la ley hoy derogada 24390.

Para la minoría disidente, en cambio, la ley aplicable no puede ser otra que la 25430, que determina que para los delitos de Lesa Humanidad, al ser los mismos de carácter permanente y continuado en su consumación, lo que cabe es aplicar en el cómputo de la pena, la última ley vigente al momento de realizarse el delito. Vale decir, no se aplica el dos por uno sino el cómputo normal y regular, o sea año por año.

La principal contradicción del fallo que se observa en el dictamen de la mayoría se plasma en el hecho que por el tipo de delito, la Corte los ha considerado imprescriptibles, no sujetos a ningún tipo de amnistía. Sin embargo, en este caso, los asimila a los delincuentes comunes, sin considerar el carácter moral y social de este delito que al momento de dictarse el fallo sigue siendo considerado socialmente como un delito execrable. Por lo tanto, no puede haber aplicación de ley más benigna cuando dicha ley fue derogada por otra diferente, sin que la valoración social del delito haya sufrido cambio alguno.

El repudio generalizado que el fallo ha generado en vastísimos sectores políticos y sociales se funda en la percepción que el gobierno de MM intenta encontrar una diagonal, con fines electorales, para endulzar la situación de los detenidos y con ellos captar el voto de los sectores no conforme con los juicios y si conformes con los militares golpistas.

Sin embargo, el Nunca Más sigue vigente y hoy más que nunca la necesidad de encontrar la verdad de lo ocurrido durante la dictadura militar conlleva la obligación moral de castigar a los culpables y de encontrar a través del efectivo cumplimiento de penas impuestas, el verdadero camino de la reconciliación nacional.

Sin verdad no hay justicia y sin arrepentimiento de los causantes no puede existir el perdón de las víctimas.

Así hacerlo Será Justicia.

Aclaración: La opinión vertida en este espacio no siempre coincide con el pensamiento de la Dirección General.

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