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Viernes - 11 de Diciembre de 2009 12:30CASO PEZZATI - SIGUE LA POLÉMICA
Incompatibilidad vs. Incapacidad

Por Lic. Alberto Méndez, de la Unión de Guardavidas Municipales.

Es posible que a priori no haya impedimento legal para ejercer dos cargos a la vez, pues seguramente desde un punto de vista legal se haya estudiado esta posibilidad.

Pero según el nivel de culturización política de nuestra comunidad, ser titular de un derecho no significa poseer la capacidad de ejercerlo; de hecho la aptitud de carencia en poder realizar adecuadamente la tarea encomendada para la realización de un ejercicio delegado por la sociedad es una falta reprochable.

Consideramos que al conjunto de condiciones que determinan a un hombre especialmente idóneo para ejercer la función de concejal, debe sumarse tiempo y esfuerzo.

Hay un antecedente por el cual otra persona, justamente en el mismo cargo, dimitió una de las funciones para asumir dicha responsabilidad.

Por lo tanto, nuestra institución quiere un concejal y no una persona kriptoniana que cumpla a medias con dos cargos... o lo que es peor: que priorice uno en menoscabo de otro.

ACLARACIÓN: La opinión vertida en este espacio no siempre coincide con el pensamiento de la Dirección General.