Por unanimidad, los magistrados ratificaron la medida cautelar que mantiene en suspenso la aplicación del polémico artículo 161.
La Corte Suprema de Justicia resolvió este martes la suspensión de la aplicación del artículo 161 de la nueva Ley de Medios, que estipula que las empresas periodísticas en posición dominante del mercado se deshagan de las licencias televisivas y radiales.
En un fallo unánime, los magistrados ratificaron la medida cautelar que había sido dictada por el juez federal Edmundo Carbone y confirmada por la Sala II de la Cámara Civil y Comercial.
De esta manera, el plazo seguirá en suspenso hasta que finalice un juicio que comenzó por la demanda del Grupo Clarín por considerar que dicho artículo “atenta contra la propiedad privada”.
El fallo de la Corte, se funda en que el alto tribunal tiene por doctrina no revisar medidas cautelares dictadas por tribunales inferiores.












