La Justicia hizo lugar al pedido de la Comisión Provincial por la Memoria y ordenó al jefe del Complejo Penitenciario de Batán la habilitación inmediata del uso de los celulares para los internos alojados en las Unidad 15, 44 y 50.
Hasta tanto se establezca un protocolo o reglamento para su utilización por parte del Ministerio de Justicia u otro organismo deberán establecerse las pautas razonables de uso que establezcan las autoridades del complejo.
En su presentación Roberto Cipriano, secretario de la Comisión Provincial por la Memoria sostuvo que era indispensable “adoptar medida a los fines de impedir los conflictos que pudieran suscitarse con motivo de la falta de contacto de las personas privadas de libertad con sus allegados y familiares”.
En un escrito, se planteó como alternativa la configuración del aparato mediante la aplicación de un chip o tarjeta limitada estrictamente a poder llamar a números autorizados y restringiéndose a números fijos de familiares.
También se determinó el registro de cada aparato celular (con marca y modelo) con su respectivo chip a nombre de un determinado detenido, de manera de facilitar el control e investigación de los hurtos entre los propios internos.
Según se conoció, en su resolución, Galarreta habló del derecho a la salud y al vínculo familiar “y en virtud de ello el imprescindible contacto con allegados y familiares, mediante una comunicación fluida y regular, obligan al Estado en orden a los imperativos ya referidos a disponer las medidas en tal sentido”.
El magistrado resolvió hacer lugar al Habeas Corpus colectivo y ordenar al Jefe del Complejo Penitenciario Batan, Pascual Lettieri, y por su intermedio a cada uno de los directores de las Unidades Penitenciarias 15, 44 y 50, la habilitación inmediata del uso de los celulares por los internos alojados.
