Con la reciente ampliación de la demanda presentada por las asociaciones civiles Mirada Ciudadana y Surfrider, con el patrocinio de la abogada Soledad Arenaza, que persigue el objetivo de dejar sin efecto la autorización para la construcción de un edificio de 35 pisos en pleno barrio Stella Maris, y en la que pidieron la inaplicabilidad del Estudio Preliminar de Impacto Ambiental que presentó la empresa Fiduciaria Paisajes Urbanos MDP SA, encabezada por Florencia Miconi, el secretario de Obras y Planeamiento Urbano, Jorge “Guasa” González quedó expuesto a un conflicto de intereses por su vínculo afectivo con la arquitecta María Lidia Lujan Muller, autora del Estudio en cuestión, señalada por ser su pareja.
Por otra parte, los demandantes sostienen “en función de las fechas correspondientes a cada uno de los contratos profesionales obrantes en el expediente, se deduce que, el Estudio Preliminar de Impacto Ambiental ni siquiera aborda la factibilidad del proyecto de vivienda multifamiliar en su cabalidad, ya que el contrato de ampliación del croquis preliminar en el que se sustenta la solicitud de indicadores autorizada por la Ordenanza 26.448, es posterior a la elaboración del estudio de impacto ambiental y su visado.
“En rigor – prosiguen - , ni la superficie del proyecto inmobiliario ni el monto de obra que surgen del visado correspondiente al Estudio de Impacto Preliminar presentado por la Arquitecta Muller, coinciden con las superficies del proyecto inmobiliario y el monto de obra obrantes en los contratos profesionales entre el Arquitecto JERÓNIMO MARIANI (Mat. 017719) y la comitente FIDUCIARIA PAISAJES URBANOS MDP S.A.POR FIDEICOMISO ALEM 2500. El visado del Estudio de Impacto Ambiental es por una superficie de 40.654 M2 con un monto de obra de $1.219.620.000,00, mientras los contratos profesionales presentados por el Arquitecto JERÓNIMO MARIANI (Mat. 017719) se corresponden con una superficie cubierta de 45.754 M2 y semicubierta de 10.257 M2, por un monto de obra que asciende a $280.977.396. Una diferencia entre visados de 5.754 M2 cubiertos y 10.257M2 semicubiertos, que incluye a la superficie semicubierta, pileta y contrato de croquis ampliatorio.
“De manera que, cualquier Declaración de Impacto Ambiental que apruebe la factibilidad ambiental del proyecto presentado por la FIDUCIARIA PAISAJES URBANOS en base al “Estudio de Impacto Urbano Ambiental Preliminar Vivienda multifamiliar Casa Malecón con intervención sobre el Chalet de María Frers de Mahn declarado de interés patrimonial y otros chalets en su entorno”, resultaría arbitraria por tratarse de un estudio incompleto, en el que no se ha evaluado la totalidad del proyecto presentado. De acuerdo al visado, se ha obviado en su análisis a la superficie semicubierta, la pileta y el croquis ampliatorio, lo que impide evaluar las posibles alteraciones que la integridad de proyecto pueda generar en el ambiente.
“En virtud de lo expuesto, solicitamos a VS que declare la INAPLICABILIDAD del Estudio de Impacto Urbano Ambiental presentado por la Arq. Muller al proceso de evaluación de impacto ambiental del proyecto inmobiliario presentado por la FIDUCIARIA PAISAJES URBANOS S.A.”.
Las acusaciones de conflicto de intereses se centran en la relación “entre la autora del Estudio y el funcionario municipal con competencia y capacidad para decidir sobre el acto que interesa a la autora”. Por lo cual “el Secretario de Planeamiento debió haberse excusado de intervenir en la tramitación de esta solicitud de excepción en la que su cónyuge fue contratada como profesional en forma onerosa para llevar a cabo la tramitación de la factibilidad ambiental del proyecto” porque “lo contrario genera un claro conflicto de interés afectando la imparcialidad y legalidad del procedimiento administrativo, especialmente cuando es el Secretario la autoridad máxima de todas las oficinas administrativas interviniente”.
Indicaron, además, que “las dos áreas principales que se encargaron de emitir un dictamen técnico -favorable-, están bajo su dependencia. Y finalmente, ha sido el Secretario de Planeamiento quien elevó el proyecto para su tratamiento y votación en el H.C.D”.
En tal sentido, recalcaron que “el deber de abstención procede en este caso, por tratarse de una excepción al COT que favorece a una empresa determinada, y que indirectamente incide en su patrimonio personal, a través de los honorarios percibidos por su cónyuge a raíz de su intervención profesional en el proceso de aprobación del proyecto”.
También hicieron hincapié en que “a nivel provincial, esta situación de incompatibilidad se encuentra alcanzada por lo prescripto por el DECRETO-LEY 6769/58 . De acuerdo al art. 178. 1 de la Ley Orgánica de las Municipalidades: ´El Intendente tendrá como auxiliares para el cumplimiento de sus atribuciones y deberes: 1° A los secretarios y empleados del Departamento Ejecutivo”, y conforme a las incompatibilidades reguladas en el art. 179, establece la siguiente prohibición: “Ninguna persona será empleada en la Municipalidad cuando tenga directa o indirectamente interés pecuniario en contrato, obra o servicio de ella.´”.
Además, adjuntaron a la ampliación de la demanda, que se tramita en el Juzgado en lo Contencioso Administrativo N°1 de Mar del Plata, un escrito con más de mil firmas de vecinos de la zona que expuso que “centenares de vecinos que viven a metros del Chalet María Frers de Mahn no sólo desconocían la existencia de instancias de participación sino que en muchos casos desconocían el proyecto y su magnitud”.
