La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal confirmó la sentencia del juez Juan Tapia que ordenó al gobierno municipal del intendente Guillermo Montenegro omitir “todo despliegue de operativos por parte de la Patrulla Municipal sobre personas en situación de calle que impliquen violencia física o verbal”.
La resolución, firmada por los jueces de la Sala I, Gastón de Marco y Adrián Angulo, implica un rechazo de la apelación del municipio.
Según los jueces, “lo ordenado en la sentencia en modo alguno impide u obstaculiza la actividad de la Patrulla Municipal”.
Entre sus fundamentos también indicaron que “no debiera ser ‘fácilmente desobedecida’ la orden de omitir todo tipo de operativo que ‘implique violencia física o verbal, como así también la sustracción de documentos u objetos personales’, dado que son obligaciones inherentes a todo funcionario público, que debe actuar siempre en resguardo del derecho a la vida, la integridad física y psíquica, la libertad y la dignidad de la persona”.
Asimismo, sostuvieron que “la sistematicidad y repetición de las conductas denunciadas a lo largo del corriente año, como dan cuenta los testimonios videograbados y lo relevado en las audiencias realizadas” en el marco de la instrucción “permiten sostener que el riesgo –de amenaza o restricción a los derechos fundamentales en juego– es actual o inminente, y que la acción constitucional pretendida resulta necesaria para hacer cesar dicho riesgo”.
