El edil de La Libertad Avanza, Emiliano Recalt, elevó al Concejo Deliberante, un proyecto de resolución a fin de que el Cuerpo se expida manifestando rechazo a la Resolución 25/202, impulsada por la Agencia de Recaudación de la Provincia (ARBA) su enérgico rechazo a la Resolución 25/2025 de la Agencia de Recaudación de la Provincia (ARBA), la cual establece que las billeteras virtuales retengan Ingresos Brutos en la provincia de Buenos Aires.
Asimismo, en otro proyecto de comunicación dirigido al director ejecutivo de la Agencia de Recaudación provincial, Cristian Girard, busca que el Deliberativo le solicite que deje sin efecto la Resolución 25/2025.
En los fundamentos de sendas iniciativas legislativas, Recalt sostuvo que “este nuevo régimen implica que, cuando una persona cobra dinero a través de plataformas como Mercado Pago o similares, se le podrá retener automáticamente un porcentaje de ese monto sin importar rentabilidad ni actividad”.
“El impuesto sobre los Ingresos Brutos se creó en la década de 1970. Su antecesor se denominaba Actividades Lucrativas y comenzó a aplicarse entre 1930 y 1940 en todas las provincias. Al igual que otros tributos fue implementado bajo la promesa de ser un tributo transitorio pero que sigue vigente y con más fuerza al día de hoy”, cuestionó.
Objetó, también, que “más allá de su antigüedad el impuesto sobre los ingresos brutos es el tributo más distorsivo del sistema impositivo argentino. Este impuesto tiene como principal característica afectar a todas las etapas del proceso productivo, lo que provoca una piramidación de costos que perjudica a consumidores y empresas”.
Subrayó que “las características de este impuesto son negativas en materia de competencia y transparencia y para el desenvolvimiento de la economía. Al ser un impuesto plurifásico (aplica en cada una de las etapas de la cadena productiva) no reconoce créditos fiscales y produce un efecto cascada y acumulativo, hasta llegar al consumidor final, lo cual repotencia los costos y el precio de los bienes y servicios gravados. Asimismo afecta directamente al régimen exportador porque distorsiona el valor de lo que se exporta porque no puede recuperarse; si bien no se graba la venta al exterior si se hace con todas las etapas anteriores. Consecuentemente, se ´exporta impuesto´”.
Recalcó que “de las cuestiones más discutibles de este tributo es que desconoce la capacidad contributiva del contribuyente, todos pagan lo mismo, y no tiene en cuenta el resultado (aunque se venda a pérdida)”.
Remarcó, además, que “uno de los puntos más controversiales que presenta hoy el régimen de Ingresos Brutos es que el contribuyente paga por adelantado, pero es el Estado quien termina quedándose con saldos a favor, ya que las retenciones no siempre coinciden con lo efectivamente adeudado. El régimen de retención, percepción es anticiparse a hechos impositivos que deja al contribuyente como financiador forzoso del estado con saldos a favor imposibles de recuperar por la complejidad que conlleva. En promedio, la recaudación anticipada es del 70 %, los mecanismos normativos para su devolución son tan complejos que los saldos a favor se convierten en verdaderos impuestos ´a espaldas de la ley´”.
En tal sentido, concluyó que “la nueva modalidad de recaudación sobre billeteras virtuales es un anclaje más en una extensa nómina de mecanismos por parte de las provincias para adelantar el cobro de impuestos. Se suma al sistema ya existente del régimen de percepción, retención bancaria, etc.”. Y agregó: “Esta nueva medida se explica solo sobre un sistema de voracidad fiscal impuesta en el país desde hace un poco más de 20 años. El impuesto sobre los Ingresos Brutos representó para el año 2024 el 4,1% del PBI, contra el 2,2% de hace 20 años. Durante el año 2024 el resto de los tributos mantuvo niveles de presión similares. Según estimaciones sobre la base de datos oficiales, en 2024 las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires recaudaron $ 23 billones en concepto de Ingresos Brutos. En 2025 varias jurisdicciones aumentaron el impuesto a través del incremento de alícuotas (Santa Fe, Neuquén, Chubut y Rio Negro), eliminando las más bajas para ventas minoristas (Jujuy) o no actualizando las escalas de facturación, lo que provocó que muchas empresas pasen a tributar en tramos más altos (Provincia de Buenos Aires)”.
