Así lo consideró el diputado provincial del Frente para la Victoria, Rodolfo “Manino” Iriart, quien presentó un proyecto en la Legislatura para modificar la ley sobre violencia doméstica. La iniciativa contempla inmediata intervención al fiscal de turno para que se pueda aprehender y procesar al agresor que evade las obligaciones de exclusión y no acercamiento.
El legislador sciolista se reconoció sumamente preocupado por los feminicidios que, en el primer semestre de 2012, en Argentina, dejaron sin madre a más de 160 chicos (tal como reveló un informe elaborado por el Observatorio Marisel Zambrano, coordinado por la asociación civil “La Casa del Encuentro”).
Por eso es que, tomando como importante fuente de consulta a la Justicia de Mar del Plata, elaboró una propuesta teniente a modificar la normativa que rige en la actualidad.
Vale destacar, asimismo, que los fundamentos del proyecto radican en los resultados que arrojaron los relevamientos realizados para conocer el nivel de acatamiento a las medidas y órdenes judiciales.
De allí surge que “frente al quebrantamiento de las restricciones de acercamiento dispuestas por jueces de familia, la jurisdicción penal ha dispuesto no intervenir por razones de última ratio en orden al delito de desobediencia y debido a no hallarse agotada la realización de tareas comunitarias expresamente dispuestas en el Artículo 14 de la misma Ley”.
Efectivamente, éste señala que “ante el incumplimiento de las obligaciones impuestas en esta ley o la reiteración de los hechos de violencia por parte del agresor, el Juez o Tribunal interviniente podrá – bajo resolución fundada - ordenar la realización de trabajos comunitarios en los lugares que se determinen”.
En consecuencia, Iriart busca que quede establecido que “el juez o la autoridad que constate la desobediencia a la orden judicial dictada” deberá proceder “a dar inmediata comunicación al fiscal con turno y competencia.”
Al respecto, explicó que, dadas las experiencias analizadas, “resulta oportuna y útil la inmediata intervención del Ministerio Público Fiscal, disponiendo la aprehensión y procesamiento de quienes vulneren tales mandatos judiciales, como medida cautelar que provisoriamente exhiba una aplicación progresiva y razonable de los medios con los que cuenta el Estado provincial para morigerar este flagelo de nuestro tiempo”.
En este sentido, cabe señalar que el Artículo 7º dispone: “El juez o tribunal deberá ordenar con el fin de evitar la repetición de los actos de violencia, algunas de las siguientes medidas conexas al hecho denunciado:
a) Ordenar la exclusión del presunto autor de la vivienda donde habita el grupo familiar.
b) Prohibir el acceso del presunto autor al domicilio del damnificado como a los lugares de trabajo, estudio o esparcimiento del afectado, y/o del progenitor o representante legal cuando la víctima fuere menor o incapaz; como así también fijar un perímetro de exclusión para circular o permanecer por determinada zona”.
Así es que el referente sciolista presentó en la Legislatura una iniciativa que apoya y profundiza las políticas de género que lleva adelante la gestión del gobernador Daniel Scioli.











