El martillero y corredor público Alejandro Acampora dio detalles a Cazador de Noticias de la Resolución 408, publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que se pondrá en vigencia desde el 1º de enero del 2013 en el ámbito de su jurisdicción. Y aclaró: “no sería nada extraño que pretendan copiarla a nivel nacional”.
En una entrevista concedida a Ruben Ferrari, Acampora consideró que la Admistración Federal de Ingresos Públicos verá con buenos ojos la normativa porque “por un lado, bancariza los cobros a los propietarios de departamentos y los pagos a los proveedores de los consorcios y, por el otro, gracias a la digitalización, le aporta una nueva arma de control”.
De acuerdo a su testimonio, la Resolución 408 establece la obligatoriedad de bancarizar el pago de expensas para los consorcistas y de digitalizar la liquidación para los administradores, quienes deberán utilizar internet para informar todos los movimientos.La medida ha causado un importante revuelo en el sector, que, a decir de Acampora, se debe especialmente a que “plantea múltiples cambios de manera brusca y sin una adecuación acorde a la realidad actual”.De todos modos, el martillero reconoce: “esta normativa estimula la profesionalización que el área estaba necesitando y que venía pidiendo para despojarse de entidades poco serias y de administraciones fraudulentas, ya que, al no haber una ley que las regulase, solían aparecer”.
Consultado por los aspectos que pueden dificultar la puesta en marcha de la flamante disposición, Acámpora respondió: “en principio, cabe aclarar que se afectan derechos individuales, ya que las personas poseen la libertad de disponer de la forma que crean más conveniente para el pago de sus expensas”.Y agregó: “aún obviando este argumento, representa un importante inconveniente para las personas de edad, acostumbradas a pagarle al encargado del edificio o en la administración y que ahora tendrán que ajustarse al horario de los bancos, soportar las colas, etc.”.
De idéntica manera, explicó luego: “a raíz de esta propuesta, cada consorcio deberá tener una cuenta, que, aunque ayudará a organizar el dinero que maneja cada administración, no supondrá un negocio atractivo para el sistema bancario, que no dará la posibilidad de operar al descubierto y obligará al administrador a cubrir los gastos cuando el consorcio se queda sin dinero”.“A la vez – puntualizó Acampora – tenemos que considerar la situación de los numerosos cuentapropistas contratados para realizar trabajos de albañilería, plomería, gas, entre otros, y que son renuentes a tener cuentas bancarias por los impuestos que éstas conllevan”.
Por ende, analizó: “si el Estado desea alentar la implementación de esta norma, deberá dar, al menos, dos pasos importante junto a los bancos: derogar el impuesto al cheque, es decir, a los débitos y créditos bancarios, para los consorcios y eliminar o bajar ostensiblemente los gastos de las cuentas para que todos los proveedores, que son monotributistas, puedan adecuarse”.Por último, en relación a otras problemáticas que se desatarán, Acampora mencionó que “muchas veces las compras para los diferentes trabajos que se encargan se realizan en lugares donde no aceptan cheques”.Y continuó: “pasará lo mismo con aquellos insumos o gastos que se solventan a diario con lo que se denomina caja chica; eso tampoco se puede abonar con cheques”.
Al finalizar, en tanto, habló de una repercusión en términos económicos, pues “la digitalización de los comprobantes de pago que estipula la normativa es una tarea ardua y tediosa que generará más gastos para el consorcio, pues implicará la contratación de más personal para la administración o bien la tercerización del servicio”.











