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Lunes - 15 de Septiembre de 2008 11:05
Ciegos atenderán kioscos propios en hospitales bonaerenses

La puesta en marcha del plan se plasmará como un hecho inédito en la red sanitaria provincial. El primer kiosco funcionará en el Hospital Interzonal General de Agudos “Oscar Alende” de Mar del Plata.

Con el objetivo de insertar laboralmente a personas con discapacidades, los ministerios de Salud y Trabajo de la provincia de Buenos Aires firmarán un acuerdo de cooperación que permitirá la creación de kioscos en hospitales públicos, los cuales serán atendidos exclusivamente por hombres y mujeres ciegos.

El acta de cooperación dispone que el Ministerio de Salud facilitará el espacio necesario para la colación de los puestos de ventas y proveerá asimismo el servicio de luz, gas, agua, limpieza y una línea de comunicación interna, así como un ayudante para el discapacitado visual.

En tanto, a través del Servicio de Colocación Laboral Selectiva (Seclas), el Ministerio de Trabajo realizará la convocatoria pública de todas las personas ciegas y/o ambíopes interesadas en participar del emprendimiento, otorgándole, para la primera compra de mercaderías y la provisión de una heladera, un subsidio de hasta 5 mil pesos.

Además, la cartera laboral brindará capacitación sobre manipulación de alimentos u otro que considere necesario para el desempeño del destinatario.

El acta será suscripta por el subsecretario de Control Sanitario del Ministerio de Salud, Alberto Costa, el subsecretario de Trabajo de la cartera laboral, Gastón Guarracino, el presidente de la Federación Argentina de Instituciones de Ciegos y Ambliopes (FAICA), Mariano Godachevich, y la coordinadora del Servicio de Colocación Laboral Selectiva del Ministerio de Trabajo (Seclas), Silvia Gil Navarro.

La iniciativa tiene por marco la Ley 10.592, sus modificatorias y su decreto reglamentario nº 1149/90, que establecen el Régimen Jurídico Básico e Integral para las Personas Discapacitadas en el ámbito de la provincia de Buenos Aires y contemplan aquellos casos en que se conceda u otorgue el uso de bienes de dominio público o privado del Estado provincial o de las municipalidades para la explotación de pequeños comercios.